Posible daño al ambiente o al ser humano | Principios precautorio | País donde se implementa |
Art 4 | “Cuando haya peligro de daño grave o irreversible la ausencia de información o certeza científica no deberá utilizarse como razón para postergar la adopción de medidas eficaces, en función de los costos para impedir la degradación del medio ambiente" | Argentina |
artículo 174 | "La política de la comunidad en el ámbito del medio ambiente tendrá como objetivo alcanzar un nivel de protección elevado, teniendo presente la diversidad de situaciones existentes en las distintas regiones de la Comunidad. | europeo |
Principio 15 | Con el fin de proteger el medio ambiente, los Estados deben aplicar ampliamente el criterio de precaución conforme a sus capacidades | Naciones Unidas |
lunes, 2 de mayo de 2011
Act. 1
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